
CERA
Es el material de construcción de las celdas de la colmena, (1) pero además tiene otras diversas aplicaciones, como materia prima para la fabricación de velas, esculturas y figuras artísticas, en la elaboración de alimentos, confitería y panadería, uso farmacológico en la fabricación de píldoras, cápsulas y ungüentos, uso cosmético en la elaboración de cremas y labiales, como impermeabilizante de pinturas, barniz y abrillantadores e incluso en la cubierta de instrumentos musicales. (2) En cuanto a la legislación que regula el uso de cera de abejas, se puede encontrar normativa con respecto al uso alimentario en Europa. Así lo indica el Reglamento (UE) Nº 1147/2012 de la comisión del 4 de diciembre de 2012 que establece que la cera de abejas es considerada un aditivo alimentario, destinado al tratamiento exterior de frutas de las que no se consumen las pieles. Permitiendo el uso de cera de abeja (E 901), sobre las frutas que se importan principalmente de países de clima tropical, es decir, plátanos, mangos, aguacates, granadas, papayas y piña.(4) Pero dicha normativa, no sólo se queda en Europa, ya que la FAO (Food and Agriculture Organization) y la OMS (Organización Mundial de la Salud), también tienen normativa al respecto, lo que se ve reflejado en el CODEX alimentarius, (5) que establece que la cera de abeja es considerada un aditivo alimentario y que, por lo tanto, puede estar presente en diversos productos alimenticios y bebidas. Según la EFSA (European Food Safety Authority) la cera de abejas además de ser un agente de recubrimiento como se indica en las dos normativas citadas anteriormente, actúa como portador de sabores. En dicho dictamen, además se establecen cantidades máximas de consumo de cera de abeja, valor que sorprendentemente puede llegar a los 1290 mg/diario/persona. (6) En cuanto al uso en cosmética, existe mucha bibliografía que habla acerca de estos usos, (2,3,7,8) incluso hay una gran cantidad de información en internet para la fabricación casera de estos productos, pero existe muy poca información legal al respecto. En este sentido, se puede citar el Reglamento (CE) No 1223/2009 del Parlamento Europeo (9) que establece el listado de sustancias prohibidas en productos cosméticos, en el cual la única cera prohibida es la cera de parafina (hulla), producto derivado del petróleo y que es utilizada comúnmente para reemplazar la cera de abejas, que es más costosa. También se pueden encontrar distintos trabajos patentados acerca del uso de la cera de abejas en cosméticos, destacando, por ejemplo, sus beneficios como protector contra la luz UV. (10) En relación a los usos en farmacología, una de las principales funciones de la cera es
actuar como vehículo del principio activo, que además actúa estabilizando los fármacos que son susceptibles a la hidrólisis y/u oxidación, (11) área donde existen distintos estudios patentados acerca de la cera de abejas formando parte de cápsulas, (12,13) cremas de aplicación externa (14) y otras formas farmacéuticas donde la cera puede llegar a ocupar, incluso, el 46% del peso total del fármaco. (15)
REFERENCIAS
1. N. Bradbear. La apicultura y los medios de vida sostenibles. Dirección de Sistemas de Apoyo a la Agricultura Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación FAO. Roma (2005).
2. S. Bogdanov. Beeswax: Uses and Trade. Chapter 1, 1-16 (2009) Disponible en: www.bee-hexagon.net.
3. S. Bogdanov. Beeswax: Produccion, Propertis Composition and Control. Chapter 2, 1-17 (2009). Disponible en: www.bee-hexagon.net.
4. Reglamento (UE) Nº 1147/2012 de la comisión del 4 de diciembre de 2012 por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a la utilización de cera de abeja (E 901), cera de carnauba (E 903),
goma laca (E 904) y cera microcristalina (E 905) en determinadas frutas. http://www.boe.es/doue/2012/333/L00034-00036.pdf
5. Normas alimentarias FAO/OMS, CODEX alimentarius. GSFA ONLINE. Actualizado hasta la 35a Reunión de la Comisión del Codex Alimentarius (2012). Información sobre el aditivo alimentario. www.codexalimentarius.net/gsfaonline/additives/details.html?id=265.
6. Scientific Opinion of the Panel on Food additives, Flavourings, Processing aids and Materials in Contact with Food (AFC) on a request from the Commission on the safety in use of beeswax. The EFSA Journal 615, 1-3 (2007).
7. J. W. Hill, D.K. Kolb. Química para el nuevo milenio. Prentice Hall, 495-499 (1999).
8. R. Krell. Value-Added Products from Beekeeping. FAO Agricultural Services Bulletin No. 124. Food and Agriculture Organization of the United Nations Rome 1996. Chapter 4.
9. Reglamento (CE) No 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 sobre los productos cosméticos. http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2009:342:0059:0209:ES:PDF
10. Use of beeswax to increase the protection factor of cosmetic or dermatological sunscreens. European Patent Register No. EP0887068 (2007).
11. W. Phuapradit, N.H. Shah, Y. Lou, S. KunduCritical, et al. Critical processing factors
affecting rheological behavior of a wax based formulation. European Journal of Pharmaceutics and Biopharmaceutics 53, 175–17 (2002).
12. N. Iwamoto, A. Nakano, Y. Imanishi. Method for filling hard capsules with granular drugs. D.B.R. Patent No.1207047 (1965).
13. N. Iwamoto, A. Nakano, Y. Imanishi, Method for filling hard capsules with granular by the open-mouth-down pundring method. United States Patent Office 3, 297, 804 (1967).
14. R. Xu. Pharmaceutical based and the use of the same. United States Patent No. 5,817,322 (1998).
15. C. Kimura, T. Nakanishi, K. Tojo. Skin permeation of ketotifen applied from stick-type formulation. European Journal of Pharmaceutics and Biopharmaceutics 67, 420–424 (2007).